Page 13 - Código de Gobierno Corporativo 2020
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CODIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO
Versión 3
8. Supervisar que la gestión del riesgo operacional sea efectiva y que los eventos de riesgos sean
consistentemente identificados, evaluados, mitigados y monitoreados
9. Proponer los mecanismos para la implementación de las acciones correctivas requeridas en caso de que
existan desviaciones con respecto al nivel de tolerancia al riesgo operacional.
10. Aprobar las metodologías de gestión del riesgo operacional.
11. Apoyar la labor de la Unidad de Gestión de Riesgos en la implementación de la gestión de riesgo
operacional.
12. Realizar otras funciones propias de su competencia y tareas que le sean encomendadas por la Junta
Directiva, siempre y cuando cumpla lo establecido en Leyes y normas aplicables.
13. Evaluar, revisar y proponer para aprobación de la Junta Directiva la política, la estrategia, el manual,
herramientas, parámetros y escenarios con los supuestos o premisas base que se utilizarán para la
medición y control del riesgo de liquidez, el plan de contingencia y el sistema de información para la
gestión del riesgo de liquidez.
14. Aprobar la metodología de la gestión del riesgo y hacerlo del conocimiento de la Junta Directiva.
15. Reportar a la Junta Directiva al menos trimestralmente sobre la exposición al riesgo de liquidez de la
entidad, los cambios sustanciales de tal exposición, su evolución en el tiempo, las principales medidas
correctivas adoptadas, el cumplimiento de límites, los resultados de las pruebas de tensión y de cualquier
otro aspecto relacionado con las políticas y procedimientos aprobados.
16. Velar por que la gestión del riesgo de liquidez sea efectiva y que los eventos de riesgos sean
consistentemente identificados, medidos, mitigados y monitoreados.
17. Asegurar que se implementen las acciones correctivas requeridas en caso de que existan desviaciones
con respecto al nivel de tolerancia al riesgo de liquidez asumidos.
Periodicidad de Reuniones
El comité de Riesgo sesionara al menos trimestralmente.
Comité de Prevención de Lavado de Dinero y Activos y Financiamiento al Terrorismo
Conformación
El Comité de prevención de Lavado de Dinero y Activos y Financiamiento al Terrorismo se encuentra integrado
por dos miembros de Junta Directiva, el Gerente General, el Encargado de Riesgos y el Oficial de
Cumplimiento. El Comité estará presidido por uno de los Directores de lo integran.
Funciones del Comité
1. Revisar y proponer mejoras a la política institucional de prevención del lavado de dinero y financiamiento
al terrorismo, con apego al marco legal nacional e internacional
2. Revisar y recomendar la aprobación del plan de trabajo anual de Oficialía de Cumplimiento ante Junta
Directiva u Órgano equivalente.
3. Analizar y recomendar la aprobación del presupuesto de funcionamiento de la Oficialía de Cumplimiento.
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