Page 12 - Código de Gobierno Corporativo 2020
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CODIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO
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                         4.  Supervisar el cumplimiento del contrato de auditoría externa y monitorear el proceso de respuesta a las
                             observaciones incluidas por el Auditor Externo en su Carta de Gerencia.
                         5.  Evaluar la calidad de la labor de Auditoría Interna, así como el cumplimiento de su programa de trabajo.
                         6.  Proponer a la Junta Directiva y ésta a su vez a la Junta General de Accionistas el nombramiento de los
                             auditores externos y del auditor fiscal. En la contratación de los auditores externos deberá considerarse
                             su independencia respecto de otros servicios profesionales proporcionados, tal como consultorías, en los
                             cuales su juicio podría verse afectado y en los casos que fuere aplicable.
                         7.  Conocer y evaluar los procesos de información financiera y los sistemas de control interno de la Caja.
                         8.  Cerciorarse que los estados financieros mensuales y de cierre de ejercicio sean elaborados cumpliendo
                             los lineamientos normativos.
                         9.  Otras que el Consejo Directivo de FEDECRÉDITO señale.
                         10.  Velar por que se subsanen las observaciones y recomendaciones que contengan los informes emitidos
                             por FEDECRÉDITO, los auditores externos y la misma Unidad de Auditoría Interna, para lo cual, se
                             deberá dar el seguimiento correspondiente.
                         11.  Realizar otras funciones propias de su competencia y tareas que le sean encomendadas por la Junta
                             Directiva, siempre y cuando cumpla lo establecido en Leyes y normas aplicables.

                         Periodicidad de reuniones

                         El comité de Auditoria sesionara como mínimo una vez al mes.

                         Comité de Riesgos

                         Conformación

                         El Comité de Riesgos debe estar constituido al menos por dos miembros de Junta Directiva, el Gerente
                         General, el Gerente o Jefe Financiero y por el Encargado de Riesgos. El comité estará presidido por uno de
                         los Directores que lo integran.

                         Funciones del Comité

                         1.  Informar a la Junta Directiva sobre los riesgos asumidos por la Caja, su evolución, sus efectos en los
                             niveles patrimoniales y las necesidades adicionales de mitigación.
                         2.  Velar por que la Caja cuente con la adecuada estructura organizacional, estrategias, políticas y recursos
                             para la gestión integral de riesgos.
                         3.  Asegurar e informar a la Junta Directiva la correcta ejecución de las estrategias y políticas aprobadas.
                         4.  Proponer a la Junta Directiva los límites de tolerancia a la exposición para cada tipo de riesgo.
                         5.  Aprobar las metodologías de gestión de cada uno de los riesgos.
                         6.  Requerir y dar seguimiento a los planes correctivos para normalizar incumplimientos a los límites de
                             exposición o deficiencias reportadas
                         7.  Evaluar, revisar y proponer para aprobación de la Junta Directiva las estrategias, políticas, manuales y
                             planes de continuidad del negocio de gestión del riesgo operacional.




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